¿Qué es el Real Decreto 34/2025?
El Real Decreto 34/2025 es la normativa que actualiza y modifica el Real Decreto 1054/2022, por el que se estableció el Cuaderno de Campo Digital (CUE) y el Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas (SIEX).
En términos sencillos: el RD 1054/2022 creó el cuaderno digital obligatorio, y el RD 34/2025 lo ajusta tras dos años de experiencia práctica, corrigiendo problemas y adaptando los plazos a la realidad del campo español.
El RD 34/2025 NO crea nuevas obligaciones, sino que ajusta las existentes: nuevos plazos más realistas, simplificación de algunos registros y mejor definición del sistema de apps homologadas.
Datos básicos del RD 34/2025
- Nombre completo: Real Decreto 34/2025, de XX de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1054/2022
- Publicación: Boletín Oficial del Estado (BOE)
- Entrada en vigor: Día siguiente a su publicación
- Objeto: Modificar requisitos y plazos del cuaderno digital
¿Por qué se aprobó esta modificación?
El RD 1054/2022 fue ambicioso pero poco realista. Durante los primeros años de implantación, se detectaron varios problemas:
1. Plazos demasiado ajustados
Muchos agricultores y las propias Comunidades Autónomas no estaban preparados para cumplir los plazos iniciales. Las plataformas tecnológicas tenían problemas de capacidad.
2. Requisitos excesivamente complejos
Algunos campos de registro eran innecesarios o redundantes, generando carga administrativa sin aportar valor real.
3. Falta de claridad en las exenciones
Existían dudas sobre qué pequeñas explotaciones estaban exentas y bajo qué condiciones.
4. Problemas de interoperabilidad
La conexión entre las apps privadas y el sistema SIEX oficial presentaba fallos técnicos frecuentes.
Los 7 cambios principales del RD 34/2025
1. Nuevos plazos de obligatoriedad
El cambio más significativo. Se establece un calendario progresivo más realista:
- Grandes explotaciones (>5.000€ PAC): Ya obligatorio desde 2024
- Medianas explotaciones (2.000-5.000€ PAC): Obligatorio desde 1 enero 2026
- Todas las explotaciones: Obligatorio desde 1 enero 2027
2. Simplificación de campos de registro
Se eliminan o simplifican campos redundantes:
- Ya no es obligatorio registrar el número de lote del producto fitosanitario (solo el nombre comercial)
- Simplificación del registro de maquinaria utilizada
- Eliminación de campos duplicados que ya constan en otros registros oficiales
3. Ampliación del plazo de registro
El plazo para registrar actividades pasa de 72 horas a 1 mes desde la realización. Esto da más flexibilidad a los agricultores que no tienen acceso constante a internet.
4. Clarificación de exenciones
Se definen mejor las exenciones para pequeñas explotaciones:
- Huertos de autoconsumo (menos de 0,5 ha sin comercialización)
- Explotaciones sin uso de productos fitosanitarios
- Actividad agraria marginal complementaria
5. Sistema de apps homologadas
Se establece un procedimiento claro para la homologación de aplicaciones privadas:
- Requisitos técnicos específicos de conexión al SIEX
- Obligación de las apps de mantener actualizaciones
- Responsabilidad compartida entre app y usuario
6. Periodo de adaptación con sanciones reducidas
Se establece un periodo transitorio donde las sanciones por errores menores son reducidas, enfocándose en la formación y corrección en lugar de la penalización.
7. Mejora de la interoperabilidad
Nuevas especificaciones técnicas para garantizar que los datos fluyan correctamente entre apps privadas, SIEX y las diferentes Comunidades Autónomas.
Nuevos plazos de obligatoriedad
El RD 34/2025 establece el siguiente calendario definitivo:
Obligatorio para explotaciones grandes
Explotaciones que reciben más de 5.000€ anuales en ayudas PAC. Ya en vigor.
Obligatorio para explotaciones medianas
Explotaciones entre 2.000€ y 5.000€ de ayudas PAC anuales.
Obligatorio para TODAS las explotaciones
Sin excepciones por tamaño. Cualquier explotación que solicite ayudas PAC.
Fin del periodo transitorio
Sanciones completas por incumplimiento. Sin reducciones por "adaptación".
Aunque tu fecha de obligatoriedad sea 2027, te recomendamos empezar a usar el cuaderno digital YA. Los primeros meses de adaptación son los más difíciles, y es mejor tener margen para resolver problemas.
Antes vs Después: Comparativa
Veamos los cambios más importantes entre la normativa original y la modificada:
❌ ANTES (RD 1054/2022)
- Plazo de registro: 72 horas
- Obligatorio el número de lote del producto
- Registro detallado de maquinaria
- Plazos de obligatoriedad ambiguos
- Exenciones poco definidas
- Homologación de apps sin procedimiento claro
✓ DESPUÉS (RD 34/2025)
- Plazo de registro: 1 mes
- Solo nombre comercial del producto
- Registro simplificado de maquinaria
- Calendario progresivo claro
- Exenciones bien definidas
- Procedimiento de homologación establecido
Tabla comparativa de requisitos de registro
| Campo de registro | RD 1054/2022 | RD 34/2025 |
|---|---|---|
| Nombre producto fitosanitario | Obligatorio | Obligatorio |
| Número de lote | Obligatorio | Opcional |
| Dosis aplicada | Obligatorio | Obligatorio |
| Parcela tratada | Obligatorio | Obligatorio |
| Maquinaria utilizada | Detalle completo | Simplificado |
| Operario que aplica | Obligatorio | Obligatorio |
| Plazo de registro | 72 horas | 1 mes |
¿Cómo te afecta según tu explotación?
Si eres un pequeño agricultor (menos de 20 ha)
El RD 34/2025 simplifica los requisitos. Tienes hasta 2027 para adaptarte, y el plazo de registro de 1 mes te da flexibilidad. Si no usas fitosanitarios, podrías estar exento.
Si ya usas el cuaderno digital
Si ya cumples con la normativa, el RD 34/2025 te beneficia: menos campos obligatorios y más tiempo para registrar. Tu app se actualizará automáticamente.
Si aún no has empezado
Aunque tengas margen, cuanto antes empieces, mejor. Los primeros meses de adaptación son cruciales. Aprovecha el periodo transitorio para aprender sin riesgo de sanciones.
Si eres técnico o gestoría agrícola
Revisa los nuevos requisitos y actualiza tus protocolos de trabajo. Informa a tus clientes de los cambios y ayúdales en la transición.
¿Qué debes hacer ahora?
Independientemente de cuándo te afecte la obligatoriedad, estos son los pasos que recomendamos:
- Elige una app homologada: Si aún no usas ninguna, empieza ya. Mi Cortijo cumple con todos los requisitos del RD 34/2025.
- Configura tus parcelas: Importa tus datos del SIGPAC y verifica que están correctos.
- Empieza a registrar: Aunque no sea obligatorio para ti, practica con los tratamientos y labores.
- Forma a tu personal: Si tienes trabajadores, asegúrate de que saben usar la app.
- Guarda documentación: Conserva facturas y albaranes de fitosanitarios.
Nuestra app se actualiza automáticamente cuando cambia la normativa. No tienes que preocuparte de si estás usando la versión correcta o si cumples con los nuevos requisitos.
Cumple con el RD 34/2025 sin complicaciones
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¿Qué es el Real Decreto 34/2025?
Es la normativa que modifica el RD 1054/2022 sobre el cuaderno de campo digital. Ajusta plazos, simplifica requisitos y clarifica el sistema de apps homologadas.
¿Cuándo entra en vigor?
Entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. Los plazos de cumplimiento son progresivos hasta 2027.
¿Qué cambia respecto al RD 1054/2022?
Principales cambios: plazo de registro ampliado a 1 mes, simplificación de campos obligatorios, calendario claro de obligatoriedad y mejor definición de exenciones.
¿Mi app se actualizará automáticamente?
Las apps homologadas serias (como Mi Cortijo) se actualizan automáticamente cuando cambia la normativa. Verifica que tu app esté al día.
¿Tengo que cambiar algo en mi forma de registrar?
Si ya usabas el cuaderno digital, probablemente no. Los cambios simplifican los requisitos, no los complican. Ahora tienes más tiempo para registrar (1 mes en lugar de 72 horas).
¿Las exenciones han cambiado?
Se han clarificado, no cambiado sustancialmente. Si tu explotación es de autoconsumo, menor de 0,5 ha y sin uso de fitosanitarios, podrías estar exento. Consulta con tu Comunidad Autónoma.
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